A medio camino entre un juicio real y un curso de responsabilidad civil, Fundación Inade clausura con éxito la sexta edición de Veredicto Ejemplar

A medio camino entre un juicio real y un curso de responsabilidad civil, Fundación Inade clausura con éxito la sexta edición de Veredicto Ejemplar

Ene 26, 2024

  • En esta ocasión se abordaron casos relacionados con la responsabilidad de los agentes de la edificación, la Administración Pública y las plataformas digitales
  • Participaron como ponentes tres jueces, seis profesionales del derecho y dos representantes de la industria aseguradora

Ayer finalizó la VI edición de Veredicto Ejemplar, un curso de responsabilidad civil y seguro organizado por Fundación Inade y la Cátedra Fundación Inade – UDC con un formato especial. Durante tres días, la facultad de Derecho de la Universidad de A Coruña se convirtió en un juzgado, en el que se dictó sentencia sobre tres casos gracias a la intervención de magistrados, abogados y representantes de la industria aseguradora.

Para ofrecer la mejor experiencia a los alumnos, que podían asistir tanto de manera presencial como virtual, la Fundación preparó la Sala de Vistas de la Facultad para la ocasión, ataviando a los magistrados y abogados con sus respectivas togas, e instalando un equipo técnico puntero para que los espectadores online no se perdiesen ningún detalle.

“Aunque esto no deja de ser, en el fondo, un juego, pretendemos que los alumnos sientan que están en un juicio real, con la ventaja de que ellos pueden preguntar sus dudas a los ponentes, jueces y profesionales del derecho y el seguro que ejercen su profesión en la vida real”, explicó el director de la Cátedra Fundación Inade – UDC, Fernando Peña, en la inauguración del curso.

En la primera sesión se abordó un caso de responsabilidad civil de los agentes de la edificación por daños derivados de defectos constructivos. Manuel Jesús Marín López, catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Castilla La Mancha, interpretó el papel de letrado de la parte demandante, un autopromotor que, tras reformar una vivienda, descubre que están apareciendo fisuras y deformaciones de cerramientos.

Defiende que estos defectos son consecuencia de un mal asentamiento de la obra, motivada por la composición del terreno, por lo que acusan al arquitecto de actuar de manera negligente por no realizar los estudios geotécnicos pertinentes.

Fernando Peña López, director de la Cátedra Fundación Inade-UDC, defendió a la parte demandada, el arquitecto, afirmando que actuó correctamente, pues disponía de estudios geotécnicos de la zona. Además, asegura que la responsabilidad ha prescrito, pues las fisuras aparecieron en el 2018 y la demanda se produce en el 2023.

Por parte de la industria aseguradora intervino Marc Martínez Cruz, responsable de Grandes Cuentas de la Delegación Nordeste de ASEFA, propuso como solución que los autopromotores contraten el seguro decenal, “como manera de proteger su patrimonio”.

La sentencia, dictada por la magistrada de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, Marta Canales, condenó solidariamente al arquitecto y a su aseguradora de responsabilidad civil. No consideró que el daño hubiese prescrito, pues se trataba de “un daño continuado”.

En la segunda sesión, se llevó a juicio un caso de responsabilidad de la Administración Pública por un accidente en una autovía entre un coche y una manada de jabalíes. Tras el siniestro, la Administración reconoció su responsabilidad, pues había un agujero en el vallado y la zona no estaba bien señalizada. Sin embargo, su compañía aseguradora no estaba de acuerdo, pues la autovía estaba explotada por un concesionario.

José Manuel Busto Lago, catedrático de Derecho Civil de la Universidade da Coruña, defendió a la parte actora, la compañía de seguros de la Administración Pública, que debía afrontar el siniestro. El demandante alegó que el responsable del accidente es el titular de la concesión, pues es quien debería garantizar el mantenimiento de la autovía.

Por su parte, Agustín Pigni, letrado de la Xunta de Galicia, defendió a la parte demandada, la Administración Pública. Por un lado, afirmó que la aseguradora no estaba legitimada para recurrir los actos de la Administración a la que aseguraba y por ello solicitó la inadmisión de la demanda. Por otro, y en caso de que la demanda fuese admitida, defendió que no estaba demostrado que existiese un agujero en el vallado en el momento del accidente, lo que sí estaba demostrado es que estaba mal señalizada y que la única responsable de este defecto es la Administración.

El magistrado de esta sesión, Juan Carlos Fernández López, magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Galicia, admitió la demanda y propuso una concurrencia de responsabilidades entre: el conductor, por circular a mayor velocidad de la debida; el concesionario, por no comunicar a la Administración que existía un riesgo en esa autovía (cercanía de cotos de caza); y la administración, por la ausencia de señalización.

En la tercera y última sesión se abordó un caso de responsabilidad de una plataforma digital de reserva de alojamiento por los actos de los empresarios que ofrecen en ella sus productos y servicios.

La letrada de la parte actora, María Teresa Álvarez Moreno, catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid, defendió a una consumidora que, tras reservar un apartamento a través de una plataforma digital, a su llegada al alojamiento, se encontró con que este no era habitable.

Demandan a la plataforma digital, pues consideran que no es un simple servicio de intermediación, si no que forma parte de la prestación del servicio, ya que además de hacer valoraciones sobre el alojamiento, también interviene en el proceso de pago (retiene el dinero y cobra una comisión).

Reclaman que la responsabilidad de la plataforma no puede quedar exonerada, aunque así lo pretenda en sus condiciones generales.

La letrada de la parte demandada, Natalia Álvarez Lata, catedrática de Derecho Civil de la Universidade da Coruña, defendió que la plataforma sí es un mero intermediario y, por lo tanto, no puede responder por la actuación de los empresarios que ofrecen sus servicios en ella.

La plataforma digital demandada está considerada una agencia de viajes online. La representante de la industria aseguradora, Sara Toribio del Hierro, tramitadora de Siniestros Senior de Markel España, propuso como coberturas para este tipo de negocio una póliza de RC profesional con cobertura de explotación, una póliza cyber y una póliza de marketplace.

El juez de esta sesión, Pablo González Carreró-Fojón, magistrado de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de A Coruña, absolvió a la plataforma digital de la demanda, pues sí lo considera un intermediario. Sin embargo, no hizo imposición de costas a ninguna de las partes, pues existen hechos no probados que podrían alterar la decisión, como por ejemplo, la retención del pago.

Con esta sentencia, finalizaron los tres intensos días de celebración de este curso de responsabilidad civil. Fundación Inade – UDC certificará 15 horas de formación continua de los distribuidores de seguros a todos los asistentes que cumplan con los requisitos de aprovechamiento exigidos por el regulador.