Fundación Inade analiza el seguro de dependencia ante el reto del envejecimiento de la población
- José Luis Calderón explica en Charlas Legales cómo los artículos 106 ter y 106 quáter de la Ley de Contrato de Seguro regulan una cobertura llamada a ganar protagonismo en los próximos años
El envejecimiento de la población, el aumento de la esperanza de vida y la creciente demanda de cuidados de larga duración convierten al seguro de dependencia en una de las coberturas con mayor potencial de desarrollo en los próximos años. Esta fue una de las principales conclusiones de la última edición de Charlas Legales, la tribuna de Fundación Inade dedicada al análisis de la Ley de Contrato de Seguro desde la perspectiva jurídica.
En esta ocasión, el consultor estratégico en seguros y gestión de activos José Luis Calderón García analizó los artículos 106 ter y 106 quáter de la Ley de Contrato de Seguro, incorporados a la norma en 2015 para regular específicamente el seguro de dependencia y la libertad de elección del prestador del servicio.
Durante la sesión se recordó que el seguro de dependencia tiene como finalidad proteger económicamente al asegurado cuando este pierde su autonomía y necesita ayuda para desarrollar las actividades básicas de la vida diaria. La ley contempla distintas formas de materializar esa protección: mediante el pago de un capital o una renta, el reembolso de los gastos derivados de la asistencia o la prestación directa de servicios asistenciales.
José Luis Calderón puso de manifiesto que el seguro de dependencia continúa siendo un producto con escasa implantación en España. Según los datos de ICEA correspondientes al cierre de 2025, alrededor de 92.000 personas cuentan con este tipo de cobertura, con un volumen de primas superior a 13,2 millones de euros.
El ponente atribuyó esta reducida penetración a factores como el desconocimiento del producto y la tradición de cuidados en el ámbito familiar. Al mismo tiempo, defendió que el progresivo envejecimiento de la población y el incremento de las situaciones de dependencia hacen imprescindible impulsar mecanismos complementarios que ayuden a garantizar una atención adecuada en el futuro.
Durante la sesión también se puso de manifiesto que, aunque la Ley de Contrato de Seguro contempla distintas modalidades de prestación, la práctica del mercado se orienta mayoritariamente hacia las prestaciones económicas.
En este sentido, el director de Fundación Inade, Adolfo Campos Carballo, animó a las entidades aseguradoras a avanzar hacia un modelo en el que la prestación de servicios adquiera un mayor protagonismo, garantizando al mismo tiempo la libertad del asegurado para elegir al prestador que mejor se adapte a sus necesidades, tal y como recoge el artículo 106 quáter de la Ley de Contrato de Seguro.
Asimismo, se recordó que el artículo 106 ter reserva exclusivamente al tomador del seguro la facultad de oponerse a la renovación del contrato, reforzando así la estabilidad de este tipo de coberturas, especialmente relevantes en situaciones de vulnerabilidad.
La jornada concluyó con un coloquio en el que se abordaron los principales retos del seguro de dependencia en España, poniendo de relieve la necesidad de seguir impulsando la cultura aseguradora y de favorecer soluciones que complementen la protección pública.
