Jornadas técnicas corredor de seguros: la nueva normativa de distribución de seguros

Mar 2, 2020

  • Los mediadores de seguros están obligados a obtener de las compañías el proceso de aprobación de los productos

  • El director de la Fundación, Adolfo Campos Carballo y la responsable de Protección de Datos de Inade, Paula María González Chorén, explicaron a los asistentes cómo les afecta el cambio legislativo

Fundación Inade, en colaboración con su promotora Inade, Instituto Atlántico del Seguro, inauguró su campaña divulgativa sobre la transposición de la nueva directiva de distribución de seguros.

Este primer acercamiento a los corredores tuvo lugar en el Círculo de Empresarios de Galicia en Vigo y se dividió en dos bloques, uno sobre la nueva normativa de distribución de seguros, a cargo de Adolfo Campos Carballo, director de Fundación Inade y Paula María González Chorén, responsable de Protección de Datos de Inade y otro sobre la responsabilidad civil de los corredores de seguros, expuesto por Óscar Bustos Bermejo, gerente de Agrupación Convenio RC Corredores y Miguel Lanchares Dávila, responsable de Siniestros y Asesoría Jurídica de Agrupación Convenio RC Corredores.

Adolfo Campos recordó a todos los asistentes que “aquellos mediadores que ofrezcan productos de seguros que sean diseñados por las entidades aseguradoras están obligados a solicitarles su proceso de aprobación y adaptación antes de su comercialización”, así como a “comprender sus características y el mercado destinatario”. Igualmente informó que “si un mediador de seguros diseña un producto para su venta a clientes, deberá ser él quien mantenga, gestione y revise el proceso de cada uno de los productos”.

 

Tal y como explicó el director de Fundación Inade, de acuerdo con la nueva normativa de distribución de seguros en el proceso deberá especificarse el mercado al que se destina el producto y garantizar la evaluación de los riesgos y la estrategia de distribución. Además, deberá adoptar medidas para garantizar que el producto se distribuye en el mercado destinatario definido.

 

Por último, Campos recordó que este requisito en materia de gobernanza de productos “no se aplicará a los seguros definidos como grandes riesgos”.

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